Ley N° 7914
CAJA DE JUBILACIONES Y PENSIONES CIVILES. BENEFICIOS JUBILATORIOS
Promulgación: 26/10/1925
Publicación: 05/11/1925
- Registro Nacional de Leyes y Decretos:
- Tomo: 1
- Semestre: 0
- Año: 1925
- Página: 480
Artículo 1
Establécese el retiro para el personal policial de la República en las condiciones que determina la presente ley.
HERRERA - RICARDO COSIO - MANUEL V. RODRIGUEZ
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