Corresponde al Consejo:
A) Proyectar y aprobar su reglamento general, los reglamentos especiales y
los reglamentos internos del Comité Ejecutivo.
B) Designar los Vocales con cargo especial.
C) Proponer al Poder Legislativo, por intermedio del Poder Ejecutivo,
modificaciones de la presente ley.
D) Adquirir, por intermedio del Banco de la República, títulos de Deuda
Pública, ya emitidos o autorizados, en los casos que haya exceso de
fondos para atender al pago de las obligaciones corrientes de la Caja.
E) Las demás facultades y obligaciones que determinen las leyes no
derogadas por la presente.