LEY DE ELECCIONES




Promulgación: 16/01/1925
Publicación: 19/01/1925
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1925
  •    Página: 27
Referencias a toda la norma

SECCION III
De las votaciones
CAPITULO VII Del funcionamiento de las Comisiones Receptoras de Votos

Artículo 73

   Acto continuo, los sobres de votación serán firmados por el  Presidente   y por el Secretario y se llenarán los claros correspondientes a la serie y al circuito. Cumplidos estos requisitos, se colocarán  los sobres  recibidos en la caja correspondiente, con la tirilla hacia abajo. (*)

(*)Notas:
Redacción dada por: Ley Nº 16.017 de 20/01/1989 artículo 1.
Ver en esta norma, artículo: 99 Derogada/o.

TEXTO ORIGINAL: Ley Nº 7.812 de 16/01/1925 artículo 73.
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