DEUDA PUBLICA. EMISION




Promulgación: 16/09/1924
Publicación: 22/09/1924
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1924
  •    Página: 579

Artículo 1

   Amplíase en dos millones de pesos nominales ($ 2:000.000) la emisión de Deuda de Obras Públicas y Conversión de 6 1/2 o/o, los que se destinan a canjear los dos millones de títulos de Deuda de Obras Públicas y Conversión de 1918 que tiene actualmente en su poder la Asistencia Pública Nacional.
   La Oficina de Crédito Público, verificado el canje procederá, con las formalidades del caso, a extinguir los referidos dos millones de pesos de títulos Deuda de Obras Públicas y Conversión de 1918.

Artículo 2

   La Asistencia Pública no podrá enajenar estos títulos a un tipo inferior al 93 o/o de su valor nominal, siendo de su cargo los servicios de intereses y amortización de los mismos.

Artículo 3

   Comuníquese, etc.

SOSA - PEDRO COSIO - MANUEL V. RODRIGUEZ
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