DEUDA PUBLICA. EMISION




Promulgación: 16/09/1924
Publicación: 22/09/1924
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1924
  •    Página: 579

Artículo 2

   La Asistencia Pública no podrá enajenar estos títulos a un tipo inferior al 93 o/o de su valor nominal, siendo de su cargo los servicios de intereses y amortización de los mismos.
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