HORA LEGAL




Promulgación: 28/06/1923
Publicación: 02/07/1923
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1923
  •    Página: 214

Artículo 2

   El P. E. fijará por decreto el día y hora en que los relojes serán adelantados, a los efectos de disponer de inmediato al ajuste de la hora de acuerdo con lo establecido en el artículo 1.o.
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