Prorrógase el Presupuesto General de Gastos vigente en el ejercicio 1920-1921, con todas las leyes que le hayan ampliado o modificado, hasta el 31 de Octubre del corriente año. (*)
(*)Notas:
Ver: Ley Nº 7.442 de 09/12/1921 artículo 1 (prorroga plazo).