Prorrógase hasta el 31 de Enero del año 1922 el Presupuesto General de Sueldos y Gastos de la Nación que rigió hasta el 31 de Octubre próximo pasado. (*)
(*)Notas:
Ver: Ley Nº 7.450 de 28/12/1921 artículo 1 (prorroga plazo).
CAMPISTEGUY - R. VECINO - T. VIDAL BELOAyuda