BANCO HIPOTECARIO DEL URUGUAY (BHU). PRESTAMOS




Promulgación: 13/07/1921
Publicación: 16/07/1921
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1921
  •    Página: 338
Referencias a toda la norma

Artículo 11

   Las casas que venda el Banco, de acuerdo con esta ley, siempre que se encuentren en zonas de red cloacal y aguas corrientes, deberán ser provistas, independientemente de esos servicios, sin admitirse servidumbres de unas propiedades con otras.
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