El uso del Sistema Métrico Decimal de Pesas y Medidas, adoptado como el único en todo el territorio de la República por la ley de 20 de Mayo de 1862, será rigurosamente obligatorio en todas las transacciones civiles o comerciales, cualquiera que sea su naturaleza, así coma en la redacción de cuentas, facturas, precios corrientes, boletos recibidos, asientos de contabilidad, presupuestos, publicaciones, anuncios y toda clase de documentos en que se haga uso o mención a peso o medida, sean ellos de carácter oficial o particular. (*)