LEY DE SUBSISTENCIAS




Promulgación: 20/12/1917
Publicación: 21/12/1917
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1917
  •    Página: 887
Ver vigencia:
      Ley Nº 8.749 de 20/08/1931 artículo 8,
      Ley Nº 7.288 de 08/10/1920 artículo 1,
      Ley Nº 7.088 de 07/04/1920 artículo 1.
Referencias a toda la norma

Artículo 15

   Para la imposición de las penas a que se refieren los artículos 11 y 12 se seguirá el procedimiento señalado en la ley de 29 de Mayo de 1916.
   Respecto de las penas fijadas por el artículo 13 rige lo que dispone, para el mismo objeto, la ley de 2 de Octubre de 1894. (*)

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 16.
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