Hasta tanto no se haya preparado por las Escuelas Superiores del Ejército el personal necesario de Administración, los puestos vacantes de la Intendencia serán desempeñados por militares o civiles, preferentemente con los primeros, correspondiendo para los segundos la siguiente asimilación: Intendente, general o coronel; Subintendente, coronel; Secretario, Contador, Tesorero, Subintendentes Inspectores, Inspector, tenientes coroneles; Jefes de Sección, mayores; Oficiales 1.os, capitanes; Auxiliares 1.os, tenientes 1.os; Auxiliares 2.os, tenientes 2.os; Auxiliares 3.os, alféreces, Escribientes, sargentos 1.os.