CAJA ESCOLAR DE JUBILACIONES Y PENSIONES. PASIVIDADES




Promulgación: 13/04/1909
Publicación: 22/04/1909

Resumen:

Modifícanse los artículos 4°, 8°, 10, 17, 18 y 41 de la Ley N° 2.436 
relativa a las pasividades prestadas por la Caja Escolar de Jubilaciones
y Pensiones, regúlase sobre el descuento forzoso sobre los sueldos, sobre
el examen médico que debe realizar el postulante ante su imposibilidad de
continuar en el ejercicio de su cargo y se dispone que los empleados
civiles incorporados a la Caja de Jubilaciones y Pensiones Civiles que 
pasen a prestar servicios a la Instrucción Primaria pueden optar en 
seguir incorporados a dicha Caja o acogerse a los beneficios de la Caja 
Escolar perdiendo los montepíos civiles abonados a la primera Caja.

Artículo 1

Modificado y/o Anotado (referencias acotadas): Ley Nº 7.522 de 16/10/1922 
artículo 7.
Inciso final modificado y/o Anotado (referencias acotadas): Ley Nº 8.053 
de 18/11/1926 artículo 5 Derogada/o.


		
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