Determínase el destino de los títulos del "Empréstito de Conversión 1905"
y el de las economías resultantes de la nueva normativa que se verterán al sostenimiento de las escuelas rurales.
Artículo 1
Modificado y/o Anotado (referencias acotadas):
Ley Nº 7.210 de 26/05/1920 artículo 2,
Ley Nº 3.744 de 22/03/1911 artículo 3,
Ley Nº 3.584 de 18/12/1909 artículo 1,
Ley Nº 3.143 de 21/02/1907 artículo 12.