El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Artículo 3
(Alcance).- El Programa funcionará en la órbita del Poder Judicial y será llevado a cabo en coordinación con la Administración de los Servicios de Salud del Estado, el Ministerio de Desarrollo Social y la Junta Nacional de Drogas.
Estará destinado a un máximo de cuarenta participantes en los primeros dos años desde la implementación del Programa y luego el máximo quedará sujeto a lo que disponga la reglamentación. Los participantes deberán calificar para la suspensión condicional del proceso y presentar un bajo riesgo de reincidencia delictiva.