SECCIÓN IV - Incisos de la Administración Central INCISO 04 - Ministerio del Interior
Artículo 150
Autorízase al Inciso 04 "Ministerio del Interior", programa 461 "Gestión de la privación de libertad", unidad ejecutora 026 "Instituto Nacional de Rehabilitación", a abonar compensaciones especiales transitorias al personal que desempeñe efectivamente funciones de mayor responsabilidad, dedicación y especialización en la referida unidad ejecutora, para las actividades y por los montos mensuales en pesos uruguayos, de acuerdo al siguiente detalle:
- Funciones de coordinación en áreas centrales:
Función
Importe
Coordinador Nacional de Tratamiento
10.000
Coordinador Nacional de Trato
10.000
Coordinador Nacional de Evaluación
10.000
- Equipos de dirección de unidades penitenciarias de acuerdo a la cantidad de Personas Privadas de Libertad (PPL):
Hasta 100 PPL
Entre 101 y 200 PPL
Entre 201 y 400 PPL
Entre 401 y 800 PPL
Entre 801 y 1200 PPL
Entre 1201 y 2000 PPL
Función
Importe
Importe
Importe
Importe
Importe
Importe
Director
10.000
12.500
15.000
17.500
20.000
22.500
Subdirector Operativo
7.500
9.400
11.250
13.125
15.000
16.875
Subdirector Técnico
7.500
9.400
11.250
13.125
15.000
16.875
Subdirector Administrativo
7.500
9.400
11.250
13.125
15.000
16.875
- Equipo de Dirección del Complejo de Unidad N° 4:
Función
Importe
Coordinador General
25.000
Coordinador Operativo
18.750
Coordinador Técnico
14.062
- Coordinadores regionales:
Función
Importe
Región Norte - Coordinador
10.000
Región Noreste - Coordinador
10.000
Región Litoral - Coordinador
10.000
Región Centrosur - Coordinador
10.000
Región Este - Coordinador
10.000
Unidades agro productivas - Coordinador
10.000
- Subdirecciones Dirección Nacional de Medidas Alternativas:
Función
Importe
Subdirector Operativo
10.000
Subdirector Técnico
10.000
Subdirector Administrativo
10.000
A efectos de su financiamiento, reasígnanse los créditos presupuestales del Inciso 04 "Ministerio del Interior", programa 461 "Gestión de la privación de libertad", Financiación 1.1 "Rentas Generales", por la suma de $ 35.000.000 (treinta y cinco millones de pesos uruguayos), incluidos aguinaldo y cargas legales, de las unidades ejecutoras, objetos del gasto y montos, que se detallan a continuación, más aguinaldo y cargas legales:
UE
ODG
Importe
006
042.410
116.234
006
042.411
13.388.293
006
042.547
118.654
006
042.561
184.471
006
042.710
195.859
006
068.000
837.141
007
042.411
1.613.293
009
057.012
580.441
009
042.710
135.800
012
042.410
42.902
012
042.411
6.843.074
015
042.410
16.907
015
042.411
3.069.954
El Poder Ejecutivo, a propuesta del Ministerio del Interior, reglamentará esta disposición, determinando las condiciones a cumplir para la percepción de las mencionadas compensaciones.