MODIFICACION DE LA LEY ORGANICA DE LA CAJA DE JUBILACIONES Y PENSIONES DE PROFESIONALES UNIVERSITARIOS




Promulgación: 08/07/2025
Publicación: 15/07/2025
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Reglamentada por: Decreto Nº 244/025 de 11/11/2025.

Artículo 18

   (Actualización de los recursos indirectos).- Las cantidades fijas referidas en el artículo 71 de la Ley N° 17.738, de 7 de enero de 2004, o determinadas en disposiciones reglamentarias del mismo, serán actualizadas para cada año civil conforme a la variación del Índice Medio de Salarios Nominales determinado por el Instituto Nacional de Estadísticas.

   Dicha variación se realizará una vez al año, en el mes de enero, aplicando al valor vigente la variación registrada en los últimos doce meses móviles a setiembre del año anterior.

   Los valores así obtenidos se redondearán de acuerdo a lo que establezca la reglamentación y se comunicarán a través de una publicación en el sitio web de la Caja.

   El Poder Ejecutivo deberá reducir las cantidades fijas referidas en el presente artículo, previo informe favorable de la Agencia Reguladora de la Seguridad Social, si se cumpliera que las reservas financieras de la Caja, al momento de definir la reducción, superen el 50% (cincuenta por ciento) del presupuesto anual estimativo el total de prestaciones, gastos de funcionamiento e inversiones y se proyecte el mantenimiento de dicho nivel de reservas para los siguientes tres años.

   Lo previsto en el presente artículo regirá a partir del 31 de diciembre de 2025.
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