PRORROGA DEL PLAZO PARA LA CELABRACION DE LAS ELECCIONES DE LOS MIEMBROS DEL DIRECTORIO Y DE LA COMISION ASESORA Y DE CONTRALOR DE LA CAJA DE JUBILACIONES Y PENSIONES DE PROFESIONALES UNIVERSITARIOS
El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Artículo 4
(Período de la nueva administración).- Las autoridades electas para el próximo período iniciarán sus funciones luego de la proclamación por la Corte Electoral y una vez que tomen posesión de sus cargos.