ACUÑACION DE MONEDAS CONMEMORATIVAS DEL BICENTENARIO DE LA DECLARATORIA DE LA INDEPENDENCIA DE 1825




Promulgación: 25/04/2024
Publicación: 09/05/2024
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.

Artículo 1

   Autorízase, al Banco Central del Uruguay, la acuñación de monedas conmemorativas, alusivas a la conmemoración del Bicentenario de la Declaratoria de la Independencia de 1825, hasta las cantidades y con las características que se determinan en los artículos siguientes.

   LACALLE POU LUIS - ALEJANDRO IRASTORZA
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