CREACION DEL FONDO DE RECONVERSION DE INDUSTRIAS LACTEAS Y DEROGACION DEL ART. 5° DE LA LEY N° 19.971




Promulgación: 05/01/2023
Publicación: 25/01/2023
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Reglamentada por: Decreto Nº 97/023 de 22/03/2023.
Referencias a toda la norma

Artículo 10

   (Recomposición de fondos del FGDPL).- Luego de canceladas las obligaciones del fideicomiso creado por la Ley N° 19.596, de 16 de febrero de 2018, incluidos los costos financieros y gastos incurridos por el mismo, se prorrogará la vigencia de la retención por litro de leche hasta recomponer los US$ 6.000.000 (dólares estadounidenses seis millones) destinados a capitalizar el Fondo de Reconversión de Industrias Lácteas, de ejercerse la facultad prevista en el inciso segundo del artículo 5° de la presente ley.
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