APROBACION DE RENDICION DE CUENTAS Y BALANCE DE EJECUCION PRESUPUESTAL. EJERCICIO 2021




Promulgación: 20/10/2022
Publicación: 03/11/2022
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Referencias a toda la norma

SECCIÓN VI - OTROS INCISOS
INCISO 21 - SUBSIDIOS Y SUBVENCIONES

Artículo 450

   Increméntase en el Inciso 21 "Subsidios y Subvenciones", unidad ejecutora 14 "Ministerio de Vivienda y Ordenamiento Territorial", programa 524 "Vivienda rural y pequeñas localidades", objeto del gasto 554.004 "Comisión Honoraria Pro Erradicación de la Vivienda Insalubre Rural", Financiación 1.1 "Rentas Generales", para el ejercicio 2022 en la suma de $ 126.000.000 (ciento veintiséis millones de pesos uruguayos) y para el ejercicio 2024 en la suma de $ 84.000.000 (ochenta y cuatro millones de pesos uruguayos).

   El presente artículo entrará en vigencia a partir de la promulgación de la presente ley.
Ayuda