APROBACION DE RENDICION DE CUENTAS Y BALANCE DE EJECUCION PRESUPUESTAL. EJERCICIO 2021




Promulgación: 20/10/2022
Publicación: 03/11/2022
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Referencias a toda la norma

SECCIÓN VI - OTROS INCISOS
INCISO 21 - SUBSIDIOS Y SUBVENCIONES

Artículo 448

   Increméntase en el Inciso 21 "Subsidios y Subvenciones", programa 320 "Fortalecimiento de la Base Productiva de Bienes y Servicios", unidad ejecutora 007 "Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca", Proyecto 000 "Funcionamiento", en el objeto del gasto 551.010 "Movimiento Juventud Agraria", la suma de $ 800.000 (ochocientos mil pesos uruguayos) a partir del ejercicio 2023, con cargo a la Fuente de Financiamiento 1.1 "Rentas Generales".(*)


(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 5 (vigencia).
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