APROBACION DE RENDICION DE CUENTAS Y BALANCE DE EJECUCION PRESUPUESTAL. EJERCICIO 2021




Promulgación: 20/10/2022
Publicación: 03/11/2022
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Referencias a toda la norma

SECCIÓN V - ORGANISMOS DEL ARTÍCULO 220 DE LA CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA
INCISO 33 - FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN

Artículo 413

   Créanse en el Inciso 33 "Fiscalía General de la Nación", a partir del 1° de enero de 2023, cuatro cargos de Fiscales Letrados Adscriptos, escalafón N, para reforzar los equipos fiscales de las Fiscalías Departamentales de turnos únicos.

   Créanse, a partir del 1° de setiembre de 2023, dos Fiscalías Departamentales y los siguientes cargos: dos cargos de Fiscales Letrados Departamentales, escalafón N y dos cargos de Asesor I, Trabajo Social/Psicología, escalafón PC, grado V.

   Asígnase, a efectos de financiar la creación de cargos dispuesta en los incisos precedentes, en el programa 200 "Asesoramiento, cooperación y representación", con cargo a la Financiación 1.1 "Rentas Generales", en el grupo 0 "Servicios Personales", la suma de $ 12.497.519 (doce millones cuatrocientos noventa y siete mil quinientos diecinueve pesos uruguayos) en el año 2023 y la suma de $ 18.722.325 (dieciocho millones setecientos veintidós mil trescientos veinticinco pesos uruguayos) a partir del año 2024, incluido aguinaldo y cargas legales, y en el objeto del gasto 284.003 "Partida de perfeccionamiento académico y técnico" la suma de $ 234.856 (doscientos treinta y cuatro mil ochocientos cincuenta y seis pesos uruguayos) en el año 2023 y la suma de $ 339.768 (trescientos treinta y nueve mil setecientos sesenta y ocho pesos uruguayos) a partir del año 2024.

   Asígnase en el programa 200 "Asesoramiento, cooperación y representación", con cargo a la Financiación 1.1 "Rentas Generales", en el objeto del gasto 198.000 "Repuestos y accesorios", la suma de $ 484.500 (cuatrocientos ochenta y cuatro mil quinientos pesos uruguayos) en el año 2023 y la suma de $ 1.937.907 (un millón novecientos treinta y siete mil novecientos siete pesos uruguayos) a partir del año 2024, con destino a financiar los gastos asociados a las dos Fiscalías Departamentales que se crean.

   La Fiscalía General de la Nación determinará la fecha de instalación de las nuevas Fiscalías, así como la distribución de expedientes en trámite. (*)

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 5 (vigencia).
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