SECCIÓN V - ORGANISMOS DEL ARTÍCULO 220 DE LA CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA INCISO 31 - UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA
Artículo 402
Asígnase en el Inciso 31 "Universidad Tecnológica", programa 353 "Desarrollo Académico", unidad ejecutora 001 "Consejo Directivo Central", Proyecto 000 "Funcionamiento", Financiación 1.1 "Rentas Generales", la suma de $ 5.200.000 (cinco millones doscientos mil pesos uruguayos) en el ejercicio 2023 y la suma de $ 1.200.000 (un millón doscientos mil pesos uruguayos) en el ejercicio 2024, con destino a financiar gastos asociados a carreras dictadas en la Regional Este. (*)