SECCIÓN V - ORGANISMOS DEL ARTÍCULO 220 DE LA CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA INCISO 31 - UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA
Artículo 401
Asígnase en el Inciso 31 "Universidad Tecnológica", programa 353 "Desarrollo Académico", unidad ejecutora 001 "Consejo Directivo Central", Proyecto 000 "Funcionamiento", Financiación 1.1 "Rentas Generales", con destino al grupo 0 "Servicios Personales", la suma de $ 34.000.000 (treinta y cuatro millones de pesos uruguayos), a partir del ejercicio 2023. (*)