APROBACION DE RENDICION DE CUENTAS Y BALANCE DE EJECUCION PRESUPUESTAL. EJERCICIO 2021




Promulgación: 20/10/2022
Publicación: 03/11/2022
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Referencias a toda la norma

SECCIÓN V - ORGANISMOS DEL ARTÍCULO 220 DE LA CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA
INCISO 29 - ADMINISTRACIÓN DE LOS SERVICIOS DE SALUD DEL ESTADO

Artículo 391

   Asígnase en el Inciso 29 "Administración de los Servicios de Salud del Estado", programa 440 "Atención integral de la salud", unidad ejecutora 068 "Administración de Servicios de Salud del Estado", Financiación 1.2 "Recursos con afectación especial", objeto del gasto 199.000 "Otros bienes de consumo no incluidos en los anteriores", la suma total de $ 2.000.000 (dos millones de pesos uruguayos), para el ejercicio 2023, con destino a financiar una campaña de prevención y de lucha contra la diabetes. (*)

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 5 (vigencia).
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