SECCIÓN V - ORGANISMOS DEL ARTÍCULO 220 DE LA CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA INCISO 29 - ADMINISTRACIÓN DE LOS SERVICIOS DE SALUD DEL ESTADO
Artículo 391
Asígnase en el Inciso 29 "Administración de los Servicios de Salud del Estado", programa 440 "Atención integral de la salud", unidad ejecutora 068 "Administración de Servicios de Salud del Estado", Financiación 1.2 "Recursos con afectación especial", objeto del gasto 199.000 "Otros bienes de consumo no incluidos en los anteriores", la suma total de $ 2.000.000 (dos millones de pesos uruguayos), para el ejercicio 2023, con destino a financiar una campaña de prevención y de lucha contra la diabetes. (*)