APROBACION DE RENDICION DE CUENTAS Y BALANCE DE EJECUCION PRESUPUESTAL. EJERCICIO 2021




Promulgación: 20/10/2022
Publicación: 03/11/2022
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Referencias a toda la norma

SECCIÓN V - ORGANISMOS DEL ARTÍCULO 220 DE LA CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA
INCISO 26 - UNIVERSIDAD DE LA REPÚBLICA

Artículo 375

   Asígnase en el Inciso 26 "Universidad de la República", programa 350 "Inserción Universitaria en el Sistema Integrado de Salud", unidad ejecutora 015 "Hospital de Clínicas", con cargo a la Financiación 1.1 "Rentas Generales", un importe de $ 120.000.000 (ciento veinte millones de pesos uruguayos), con destino al financiamiento de un proyecto para el tratamiento del cáncer de próstata y la creación del Centro de Referencia de Medicina Materno-Fetal.

   A efectos de financiar la asignación prevista, reasígnase un monto de $ 100.000.000 (cien millones de pesos uruguayos) del crédito presupuestal aprobado por el artículo 645 de la Ley N° 19.924, de 18 de diciembre de 2020, y $ 20.000.000 (veinte millones de pesos uruguayos) de la partida dispuesta por el artículo 233 de la Ley N° 19.535, de 25 de setiembre de 2017, y por el artículo 317 de la Ley N° 19.670, de 15 de octubre de 2018.

   La Universidad de la República comunicará a la Contaduría General de la Nación dentro de los treinta días de aprobada la presente ley, la apertura de los créditos que se asignan. (*)

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 5 (vigencia).
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