APROBACION DE RENDICION DE CUENTAS Y BALANCE DE EJECUCION PRESUPUESTAL. EJERCICIO 2021




Promulgación: 20/10/2022
Publicación: 03/11/2022
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Referencias a toda la norma

SECCIÓN V - ORGANISMOS DEL ARTÍCULO 220 DE LA CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA
INCISO 17 - TRIBUNAL DE CUENTAS

Artículo 367

   Asígnase en el Inciso 17 "Tribunal de Cuentas", programa 263 "Contralor de Organismos que Administran o Reciben Fondos Públicos", unidad ejecutora 001 "Tribunal de Cuentas", objeto del gasto 092.000 "Partidas globales a distribuir", Financiación 1.1 "Rentas Generales", una asignación presupuestal de $ 7.500.000 (siete millones quinientos mil pesos uruguayos) en el ejercicio 2023, y de $ 10.500.000 (diez millones quinientos mil pesos uruguayos) adicionales, a partir del ejercicio 2024, para la realización de contratos de función pública.

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 5 (vigencia).
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