APROBACION DE RENDICION DE CUENTAS Y BALANCE DE EJECUCION PRESUPUESTAL. EJERCICIO 2021




Promulgación: 20/10/2022
Publicación: 03/11/2022
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Referencias a toda la norma

SECCIÓN IV - INCISOS DE LA ADMINISTRACIÓN CENTRAL
INCISO 15 - MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL

Artículo 334

   Asígnase en el Inciso 15 "Ministerio de Desarrollo Social", programa 401 "Red de asistencia e integración social", unidad ejecutora 002 "Dirección de Desarrollo Social", Proyecto 142 "Atención a situaciones de especial vulnerabilidad", Financiación 1.1 "Rentas Generales", objeto del gasto 559.000 "Transferencias corrientes a otras Instit. Sin Fines De Lucro", una partida de $ 128.000.000 (ciento veintiocho millones de pesos uruguayos) para el ejercicio 2023 y una partida de $ 354.000.000 (trescientos cincuenta y cuatro millones de pesos uruguayos) a partir del ejercicio 2024, con destino al Programa de Promoción de la Salud Mental y Atención de los consumos problemáticos de sustancias psicoactivas para personas con alta vulnerabilidad social, como personas en situación de calle o egresados del sistema penitenciario, que tendrá como objeto impulsar la implementación de dispositivos de abordaje de salud mental y consumos problemáticos de sustancias psicoactivas, orientadas a la inclusión social de las personas con alta vulnerabilidad social, en articulación con los actores interinstitucionales competentes. (*)

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 5 (vigencia).
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