SECCIÓN IV - INCISOS DE LA ADMINISTRACIÓN CENTRAL INCISO 13 - MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
Artículo 305
Autorízase al Inciso 13 "Ministerio de Trabajo y Seguridad Social" a abonar al personal del escalafón CO "Conducción", las compensaciones previstas en la unidad ejecutora que se desempeñe, que se financiarán con cargo a los créditos presupuestales existentes en el objeto del gasto 042.520 "Compensación especial por cumplir condiciones específicas". (*)