APROBACION DE RENDICION DE CUENTAS Y BALANCE DE EJECUCION PRESUPUESTAL. EJERCICIO 2021




Promulgación: 20/10/2022
Publicación: 03/11/2022
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Referencias a toda la norma

SECCIÓN IV - INCISOS DE LA ADMINISTRACIÓN CENTRAL
INCISO 07 - MINISTERIO DE GANADERÍA, AGRICULTURA Y PESCA

Artículo 220

   Asígnase al Inciso 07 "Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca", Programa 320 Fortalecimiento de la Base Productiva, unidad ejecutora 001 "Dirección General de Secretaría", Proyecto 000 Funcionamiento, con cargo a la Financiación 1.1 "Rentas Generales", un importe de $ 1.000.000 (un millón de pesos uruguayos) a partir del ejercicio 2023, con destino al Programa Nacional de Albergues, cuya creación fue declarada de interés general por el artículo 384 de la Ley N° 19.889, de 9 de julio de 2020.

   A efectos de financiar la asignación prevista, disminúyese en igual programa, unidad ejecutora, proyecto y financiación, el crédito presupuestal del Objeto del Gasto 299.000 "Otros servicios no personales no incluidos en los anteriores".

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 5 (vigencia).
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