APROBACION DE RENDICION DE CUENTAS Y BALANCE DE EJECUCION PRESUPUESTAL. EJERCICIO 2021




Promulgación: 20/10/2022
Publicación: 03/11/2022
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Referencias a toda la norma

SECCIÓN IV - INCISOS DE LA ADMINISTRACIÓN CENTRAL
INCISO 05 - MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS

Artículo 164

   Increméntase en el Inciso 05 "Ministerio de Economía y Finanzas", programa 421 "Sistema de Información Territorial", unidad ejecutora 009 "Dirección Nacional de Catastro", con cargo a la Financiación 1.1 "Rentas Generales", el crédito presupuestal previsto en el objeto del gasto 042.517 "Compensación por tareas especiales de mayor responsabilidad y horario variable" en $ 6.640.025 (seis millones seiscientos cuarenta mil veinticinco pesos uruguayos), más aguinaldo y cargas legales, con destino a financiar la partida prevista en el artículo 319 de la Ley N° 18.719, de 27 de diciembre de 2010.

   La suma prevista en el inciso anterior se financiará con la reasignación del crédito presupuestal del objeto del gasto 095.005 "Fondo para financiar funciones transitorias y de conducción" de la unidad ejecutora 009 "Dirección Nacional de Catastro", programa 421 "Sistema de Información Territorial" y del objeto del gasto 099.001 "Partida Proyectada" de la unidad ejecutora 001 "Dirección General de Secretaría", programa 488 "Administración Financiera", hasta tanto no se procese su rediseño institucional de cargos y funciones.

   Este artículo entrará en vigencia a partir de la promulgación de la presente ley.
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