El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Reglamentada por: Decreto Nº 213/022 de 29/06/2022.
Artículo 5
Financiación. Las erogaciones derivadas de la aplicación de la presente ley serán atendidas con cargo a la partida dispuesta por el artículo 41 de la Ley N° 17.930, de 19 de diciembre de 2005, hasta por un monto de $ 415.000.000 (pesos uruguayos cuatrocientos quince millones).
El complemento será atendido con los recursos que los Gobiernos Departamentales asignen en proporción a los jornales activos empleados en cada caso.