POSTERGACION DEL GOCE TOTAL O PARCIAL, DE LA LICENCIA GENERADA EN EL AÑO 2020 PARA LOS GRUPOS DE ACTIVIDAD QUE SE DETERMINAN, HASTA DICIEMBRE DE 2022




Promulgación: 26/11/2021
Publicación: 07/12/2021
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.

Artículo 2

   A los efectos de la presente ley, será de aplicación lo establecido en el artículo 2° de la Ley N° 19.936, de 22 de diciembre de 2020, en cuanto a la generación del derecho a la licencia anual remunerada durante el período que el trabajador perciba el subsidio especial por desempleo al amparo de las Resoluciones del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social N° 143/020, N° 163/020, modificativas, concordantes, y prórrogas correspondientes.

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