INSTITUCIONALIZACION DEL CONGRESO NACIONAL DE EDILES




Promulgación: 15/10/2021
Publicación: 21/10/2021
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.

Artículo 8

   Serán cometidos del plenario del Congreso Nacional de Ediles los siguientes:

   A) La conducción superior del mismo.

   B) El tratamiento y resolución de todos los asuntos incluidos en cada
      convocatoria.

   C) La reglamentación de su funcionamiento.

   D) La elección de los integrantes de la Mesa Permanente mediante 
      votación secreta, a través de listas y conforme al sistema de  
      representación proporcional.
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