El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre se encuentra disponible en la Librería Digital de IMPO.
Artículo 7
El plenario del Congreso Nacional de Ediles estará integrado por todos los titulares del mismo conforme al artículo 1° de esta ley.
Se reunirá al menos una vez al año o en cualquier momento cuando la convoque 1/5 (un quinto) de sus integrantes o la Mesa Permanente.