ACUÑACION DE MONEDAS CONMEMORATIVAS DE LOS DOSCIENTOS AÑOS DE LA FUNDACION DE LA CIUDAD DE DURAZNO




Promulgación: 15/10/2021
Publicación: 21/10/2021
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.

Artículo 1

   Autorízase al Banco Central del Uruguay a proceder a la acuñación de monedas conmemorativas de los doscientos años de la fundación de la ciudad de Durazno, hasta las cantidades y con las características que se determinan en los artículos siguientes.

   LACALLE POU LUIS - ALEJANDRO IRASTORZA
Ayuda