SECCIÓN IV - INCISOS DE LA ADMINISTRACIÓN CENTRAL INCISO 04 - MINISTERIO DEL INTERIOR
Artículo 199
Lo recaudado por la venta de inmuebles del Inciso 04 "Ministerio del Interior", se asignará a inversiones de las diferentes unidades del Inciso y particularmente al programa 461 "Gestión de Privación de Libertad", proyecto 893 "Complejo Carcelario y Equipamiento", con destino a:
A) La construcción de tres nuevas cárceles en Treinta y Tres, Tacuarembó
y Artigas, en el marco del Plan de Dignidad Carcelaria.
B) La construcción de un establecimiento carcelario de máxima seguridad
de hasta trescientas plazas.
C) La remodelación y el acondicionamiento de las ya existentes.
La Contaduría General de la Nación habilitará los créditos presupuestales correspondientes, de acuerdo a lo recaudado.