DECLARACION DE INTERES PUBLICO LAS ACCIONES TENDIENTES A PROTEGER, PROMOVER Y MEJORAR LA SALUD PUBLICA MEDIANTE PRODUCTOS DE CALIDAD CONTROLADA Y ACCESIBLES, EN BASE A CANNABIS O CANNABINOIDES, ASI COMO EL ASESORAMIENTO MEDICO E INFORMACION SOBRE BENEFICIOS Y RIESGOS DE SU USO




Promulgación: 20/12/2019
Publicación: 08/01/2020
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Reglamentada por: Decreto Nº 56/023 de 16/02/2023.
Referencias a toda la norma

CAPÍTULO IV - DISPOSICIONES TRANSITORIAS

Artículo 19

   El Instituto de Regulación y Control del Cannabis y el Instituto Nacional de Semillas elaborarán una propuesta que deberán elevar al Poder Ejecutivo, en un plazo no mayor a un año a partir de la puesta en vigencia de la presente ley, para establecer una estrategia de promoción y acceso a semillas y esquejes destinado a la investigación científica y a la producción de cannabis garantizando la soberanía nacional de acuerdo a la normativa vigente.
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