DECLARACION DE INTERES PUBLICO LA INVESTIGACION SOBRE EL CANNABIS Y SUS APLICACIONES EN TODAS LAS AREAS DEL CONOCIMIENTO




Promulgación: 19/12/2019
Publicación: 07/01/2020
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.

CAPÍTULO III - DEL FONDO NACIONAL DE INVESTIGACIÓN SOBRE CANNABIS

Artículo 11

   Créase el Fondo Nacional de Investigación sobre Cannabis, que estará destinado a financiar el apoyo a las actividades de investigación científica previstas en la presente ley.

   El Fondo será administrado por el Instituto de Regulación y Control del Cannabis, según las instrucciones emitidas por la Secretaría Nacional de Ciencia y Tecnología, a partir de las definiciones adoptadas por el Comité Estratégico y de Seguimiento del Centro Uruguayo de Estudios Avanzados en Cannabis.
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