APROBACION DE NORMAS PARA LA GESTION INTEGRAL DE RESIDUOS




Promulgación: 18/09/2019
Publicación: 30/09/2019
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
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GESTION INTEGRAL DE RESIDUOS
CAPÍTULO IX - DE LA DISPOSICIÓN FINAL DE RESIDUOS

Artículo 51

   (Autorización y condiciones).- Solo podrá procederse a realizar la disposición final de residuos en rellenos sanitarios o depósitos de largo plazo que cuenten con autorización ambiental otorgada por el MVOTMA. Los que estén operativos dispondrán de un plazo de tres años para obtenerla a partir de la promulgación de la presente ley.

   Dicho Ministerio debe determinar los requerimientos para el otorgamiento de la referida autorización y demás aspectos vinculados a la tramitación de la solicitud correspondiente.
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