GESTION INTEGRAL DE RESIDUOS CAPÍTULO V - ORDENAMIENTO DE LA CADENA DE RECICLAJE
Artículo 28
(Promoción).- La reglamentación establecerá las formas de promoción de los procesos de valorización de residuos y la adecuación de la cadena de reciclado a lo establecido en la presente ley, incluyendo las formas de contralor de la comercialización de materiales recuperados de los residuos.