APROBACION DE NORMAS PARA LA GESTION INTEGRAL DE RESIDUOS




Promulgación: 18/09/2019
Publicación: 30/09/2019
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Referencias a toda la norma

GESTION INTEGRAL DE RESIDUOS
CAPÍTULO III - PLANIFICACIÓN EN MATERIA DE GESTIÓN DE RESIDUOS

Artículo 15

   (Planes departamentales de gestión de residuos).- Compete a cada gobierno departamental la elaboración del respectivo Plan Departamental de Gestión de Residuos, como el instrumento de planificación estratégica a nivel departamental, integrando los planes o iniciativas de los municipios en la materia, en los casos que corresponda.

   Los planes departamentales tendrán el mismo alcance que el Plan Nacional de Gestión de Residuos, el que tomarán como referencia a efectos de la articulación de acciones, la aplicación de indicadores y el cumplimiento de metas. Asimismo, preverán sus mecanismos de revisión y actualización periódica.

   Cada Intendente comunicará el respectivo plan aprobado a la Comisión que se crea en el artículo 17 de la presente ley, dentro del plazo máximo de dos años contados a partir de la publicación del Plan Nacional de Gestión de Residuos e informes anuales sobre la aplicación del mismo.

   El MVOTMA establecerá los mecanismos de apoyo a los gobiernos departamentales para la formulación de los planes departamentales de gestión de residuos.
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