TÍTULO II - COMPOSICIÓN, JURISDICCIÓN y ORGANIZACIÓN
CAPÍTULO III - ORGANIZACIÓN
Artículo 16
(Estructura orgánica).- Cada Fuerza tiene un Comando General, dirigido por un Comandante en Jefe y asistido por un Estado Mayor.
En caso de vacancia definitiva del cargo de Comandante en Jefe, será subrogado automáticamente por el Oficial General en servicio activo más antiguo de la Fuerza, hasta tanto el Poder Ejecutivo designe por acto administrativo a quien ocupará el cargo.
En caso de vacancia temporal, le subrogará en sus funciones con carácter provisorio, el Oficial General en servicio activo más antiguo de los que le estén subordinados en su estructura orgánica y que ostente mando y comando, no requiriéndose para ello el dictado de un acto administrativo por parte del Poder Ejecutivo.