MODIFICACION DE LA LEY ORGANICA DE LAS FUERZAS ARMADAS




Promulgación: 26/07/2019
Publicación: 05/08/2019
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Referencias a toda la norma

TÍTULO II - COMPOSICIÓN, JURISDICCIÓN y ORGANIZACIÓN

CAPÍTULO III - ORGANIZACIÓN

Artículo 14

   La organización, funcionamiento y despliegue de las Fuerzas Armadas deberá posibilitar el eficaz cumplimiento de las misiones que por esta ley se le atribuyen, así como otras que le encomiende el Poder Ejecutivo, en el marco de la Constitución de la República y las leyes.

   El despliegue será objeto de revisión dinámica a los efectos de su adaptación a las misiones atribuidas a las Fuerzas Armadas y determinado a través de la reglamentación a dictarse por el Poder Ejecutivo.

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 18.
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