TÍTULO II - COMPOSICIÓN, JURISDICCIÓN y ORGANIZACIÓN
CAPÍTULO II - JURISDICCIÓN
Artículo 10
Constituye jurisdicción del Ejército Nacional:
A) El territorio nacional con las excepciones previstas en los
artículos 11 y 12 de la presente ley.
B) Los espacios ocupados por sus establecimientos e instalaciones
dentro de las otras jurisdicciones previstas en los artículos
siguientes, con sus respectivas zonas de seguridad.