APROBACION DE NORMAS QUE GARANTICEN EL ACCESO A LA INFORMACION A LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD VISUAL AL MOMENTO DE CONSUMIR MEDICAMENTOS




Promulgación: 21/06/2019
Publicación: 01/07/2019
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.

Artículo 2

   Todos los medicamentos autorizados e inscriptos en el Ministerio de Salud Pública deberán incluir en su caja, embalaje o envoltorio un sistema de lectura para personas con discapacidad visual u otro dispositivo que permita conocer por parte del usuario, como mínimo, el principio activo, su presentación y el nombre comercial del fármaco.
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