APROBACION DE LA LEY CONTRA EL FINANCIAMIENTO DEL TERRORISMO Y APLICACION DE SANCIONES FINANCIERAS CONTRA LAS PERSONAS Y ENTIDADES VINCULADAS AL TERRORISMO, SU FINANCIAMIENTO Y LA PROLIFERACION DE ARMAS DE DESTRUCCION MASIVA




Promulgación: 15/05/2019
Publicación: 21/05/2019
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Reglamentada por: Decreto Nº 136/019 de 16/05/2019.
Referencias a toda la norma

LEY CONTRA EL FINANCIAMIENTO DEL TERRORISMO Y APLICACIÓN DE SANCIONES
FINANCIERAS CONTRA LAS PERSONAS Y ENTIDADES VINCULADAS AL TERRORISMO, SU
FINANCIAMIENTO Y LA PROLIFERACIÓN DE ARMAS DE DESTRUCCIÓN MASIVA
CAPÍTULO IV - MEDIDAS CAUTELARES

Artículo 8

   (Reenvío normativo).- En todo lo relativo a las medidas cautelares para asegurar la disponibilidad de los bienes sujetos a eventual decomiso como consecuencia de la presunta comisión de los delitos de terrorismo, financiamiento del terrorismo y financiamiento de la proliferación de armas de destrucción masiva, será de aplicación en lo pertinente y de conformidad con lo previsto por la Ley N° 19.293, de 19 de diciembre de 2014, concordantes y modificativas (Código del Proceso Penal), lo dispuesto por los artículos 43 a 48 de la Ley N° 19.574, de 20 de diciembre de 2017, y sus modificativas.
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