DECLARACION DE INTERES GENERAL Y CREACION DE UNA COMISION HONORARIA NACIONAL Y PLAN NACIONAL PARA EL FOMENTO DE LA PRODUCCION CON BASES AGROECOLOGICAS




Promulgación: 21/12/2018
Publicación: 23/01/2019
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Reglamentada por: Decreto Nº 159/019 de 04/06/2019.
Referencias a toda la norma

Artículo 9

   A los efectos de la elaboración del Plan Nacional de Producción con Bases Agroecológicas, la Comisión Honoraria deberá contemplar los siguientes lineamientos:

A) Fomentar y facilitar le incorporación de prácticas agroecológicas y
   los procesos de transición a sistemas de producción agroecológicos, el
   acceso a mercados y fortalecer los sistemas ya existentes, como
   contribución al desarrollo sustentable y a la mejora de la calidad de
   vida de la población.

B) Impulsar la oferta accesible de alimentos inocuos y de calidad,
   contribuyendo a una alimentación adecuada y saludable, para el
   afianzamiento de la soberanía y seguridad alimentaria y nutricional de
   la República.

C) Promover el uso sustentable de los recursos naturales y la
   conservación de ecosistemas y su biodiversidad.

D) Fomentar la conservación y el uso de recursos genéticos autóctonos y
   reconocer los derechos de los agricultores a reproducirlos y asegurar
   su disponibilidad.

E) Promover un aumento en el número de productores bajo sistemas de
   producción, distribución y consumo de productos alimentarios de base
   agroecológica.

F) Fomentar mercados locales y de cercanía para productos de base
   agroecológica, favoreciendo la interacción entre productores y
   consumidores y fortaleciendo una cultura de consumo responsable.

G) Impulsar por la formación e investigación en agroecología.

H) Fomentar sistemas integrales de extensión y asistencia técnica con
   enfoque de sistemas y bases agroecológicas.

I) Presupuestar las actividades de los programas del Plan Nacional e
   identificar posibles fuentes de financiamiento.

J) Coordinar e integrar todos aquellos planes e instrumentos de la
   política pública que puedan favorecer el logro del cometido expresado
   en el artículo 4° de la presente ley, articulando los mismos en
   función de las especificidades y considerando criterios de equidad
   para jóvenes y mujeres.

K) Identificar las barreras arancelarias y paraarancelarias nacionales e
   internacionales de acceso a mercados y promover la remoción de las
   mismas.
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