APROBACION DE LAS MODIFICACIONES AL SISTEMA DE PREVISION SOCIAL MILITAR




Promulgación: 29/10/2018
Publicación: 12/11/2018
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Reglamentada por: Decreto Nº 161/019 de 20/05/2019.
Referencias a toda la norma

TÍTULO IV - DISPOSICIONES COMUNES
CAPITULO II - DISPOSICIONES VARIAS

Artículo 70

   (Régimen pensionario).- El régimen de las pensiones de sobrevivencia previsto en la presente ley, se aplicará a todos los casos en que se configure causal pensionaria a partir de su entrada en vigencia, cualquiera sea el régimen previsional que le fuere aplicable al causante. (*)

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículos: 76 y 81 (vigencia).
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